Hidroredes SAS, observando la obligación de los usuarios de garantizar la calidad de agua que se consume y se vierte en las instalaciones, y en concordancia con las directrices del gobierno nacional que expidió el decreto 2115/07 y Resolución 631/15 respectivamente, y en donde definen los parámetros y puntos de control de calidad del agua potable consumida en el país, y los parámetros que deben cumplir los vertimientos; creó este servicio de análisis físico-químico de agua por laboratorio acreditado como complemento a las actividades de los servicios de mantenimiento que nos son contratados.
Teniendo en cuenta lo anterior, hemos creado alianzas con laboratorios acreditados por el IDEAM y la ONAC, para tomar las muestras y hacer los análisis de calidad de agua potable y vertimientos, para lo cual usted contará con nuestros servicios y recomendaciones adicionales a las dadas directamente por el laboratorio, basados en nuestra experiencia de 14 años en tratamiento de aguas y permisos de vertimientos.
¿Cuáles son las principales puntos del decreto 2115/07 y Resolución 631/15?
1. Reglamentar la periodicidad de análisis del agua potable en las diferentes industrias.
2. Reglamentar la periodicidad de la limpieza de tanques y almacenamiento de agua potable.
3. Reglamentar la periodicidad del análisis del agua de vertimiento.
4. Reglamentar la calidad del agua con la que se hace vertimientos posteriores al uso del agua.

¿Cada cuánto tiempo debo tomar muestras de agua potable con fines de análisis de laboratorio?
De acuerdo al decreto 2115/07 y Resolución 631/15 se reglamenta la periodicidad del análisis del agua que debe ser no superior a los 6 meses
¿Cada cuánto tiempo debo tomar muestras de agua de vertimiento con fines de análisis de laboratorio?
De acuerdo al decreto 2115/07 y Resolución 631/15 se reglamenta la periodicidad del análisis del agua vertida posterior al consumo no superior a los 6 meses

